La tradición legal que tiene cada pueblo es una expresión de su cultura: En la España de La Colonia los reyes gobernaban por “derecho divino” y por esto ellos designaban directamente a los jueces, quienes juzgaban en su nombre y representación. Sólo el estado, por derecho divino, podía juzgar los actos de los súbditos. Esta tradición es el origen del “derecho” mexicano, y la razón por la cual la “justicia” oficial se ejerce de manera vertical, con una sola persona –el juez- quien decide sobre la inocencia o culpabilidad del acusado. En esta tradición legal, el juez representa al estado y no al pueblo.
Otros elementos importantes en esta tradición legal son los conceptos de culpa (extensión del concepto de pecado) y castigo, heredados directamente del cristianismo.
Si las leyes que se da una sociedad a si misma dicen mucho de ella, la forma en que cumplen o no estas mismas leyes dice aún más: la teoría legal en México habla del derecho del Estado (no del pueblo) a juzgar sobre los actos de los ciudadanos. La práctica legal nos enseña que no todos los ciudadanos somos iguales ante ese mismo Estado, las leyes mexicanas no se aplican del mismo modo al pueblo que a los hombres y mujeres cercanos al poder económico y/o político: El profesor chiapaneco Alberto Patisthán Gómez, quien denunció graves injusticias en la comunidad de El Bosque y exigió que se esclarecieran varios asesinatos, fue mañosamente acusado de haber participado en una emboscada contra varios policías y sentenciado a 60 años de prisión; pese a ser inocente cumplió 13 años de su condena y para poder darle el indulto reconociendo su inocencia tuvo que modificarse la ley de indulto. Por otra parte, el expresidente Luis Echeverria fue declarado inocente de los genocidios del 2 de octubre del 68 (cuando él era secretario de Gobernación) y del 10 de junio del 71 (siendo presidente).
Pero ¿cómo es la justicia zapatista? Dejemos que ellos mismos nos lo expliquen.
Doroteo1 (exintegrante de la Junta de Buen Gobierno, MAREZ Libertad de los Pueblos Mayas, La Realidad): “Lo que si le correspondió a la Junta es un problema que allá teníamos en ese tiempo y que hasta hoy lo seguimos teniendo, aunque un poco más controlado, que es el tráfico de personas indocumentadas… la zona estaba plagada de aquellos llamados ‘polleros’. El municipio donde más había este problema era el municipio Libertad de los Pueblos Mayas, porque hay un río grandísimo, era el lugar donde transitaban con lanchas. Tuvimos que coordinarnos con los consejos municipales para que
se pudiera hacer el trabajo ahí y así logramos detener varios de esos polleros, durante nuestro periodo se detuvo a 9 polleros, incluido un guatemalteco que estuvo seis meses pagando su castigo ahí.
Ese pollero trabajó en la construcción del puente del hospital de San José del Río, porque allí la comunidad está de un lado, luego está el río y al otro lado está el hospital, para poder cruzar hay que cruzar una hamaca. En ese tiempo había un solidario que ofreció su apoyo para la construcción del puente y en ese tiempo estaba la construcción, lo vio iniciar y terminar la construcción de ese puente ese cabrón, y así muchos otros trabajaban en diferentes tareas. Lo más chistoso para nosotros fue que como los polleros que deteníamos permanecían seis meses en un trabajo, nosotros según los estábamos castigando, para nosotros es el castigo para que se corrijan, se ponían a trabajar, finalmente uno de todos esos cabrones un día nos agradeció por haberlo castigado. El agradecimiento que nos dio fue que nos dijo que para él no fue un castigo.
-Me metieron en una escuela- así nos dijo, porque dice que ya es maestro albañil cuando nunca lo pensaba si iba a ser eso- y ahora puedo ir a construir casas y puedo ir a construir lo que yo quiera.”
Otro ejemplo que nos proporciona el mismo Doroteo2: “En un pueblo del municipio Libertad de los Pueblos Mayas les reportan “que hay un muerto de los mismos compañeros por causa del aguardiente. Empezamos a ver el problema, pusieron al que mató al compa en la cárcel y mientras nosotros discutíamos en las asambleas, porque ahí no teníamos plan de qué hacer con uno que vaya a asesinar … ¿tenerlo 10 o 15 años en la cárcel o qué?” Mientras nosotros hacíamos esas consultas con los pueblos se pusieron de acuerdo el familiar del difunto con los familiares del que asesinó, que van a
pagar una cantidad y ya lo habían aceptado y así lo arreglaron ellos el asunto.”
Por su parte, Pedro Marín3 (Ex integrante de la Junta de Buen Gobierno, MAREZ Francisco Gómez, La Garrucha) comenta: “La otra justicia que se está promoviendo la Junta de Buen Gobierno y los consejos autónomos es que, por ejemplo, si hay un robo de un animal o lo que sea, lo investigamos y cuando
cachamos a la persona quién robó el animal lo que se hace es que devuelve con el dueño el animal que ha robado y le pide perdón al dueño del animal. A la próxima vez, si lo vuelve a hacer, entonces ya será sancionado.”
Gonzalo4 (Ex juez en Oventik) nos cuenta: “Ahí hubo un compa ex consejo que cometió un error, o sea falló, tomó la decisión de que si se podía hacer ese parque sin tomar en cuenta al pueblo ... El error que cometió ese consejo se marcó y se voló a ese consejo, tuvo que salir de su trabajo ... Hasta ahora no se ha levantado su sanción, ya han pasado dos consejos más y el consejo que cometió ese error sigue sufriendo que no puede recibir ningún apoyo solidario.” Pero no sólo hay una práctica jurídica en las comunidades zapatistas, también hay una simiente de teoría legal, plasmada entre otras en la Ley Revolucionaria de Mujeres y en los 7 principios de Mandar Obedeciendo.
Si bien en una sesión posterior discutiremos ampliamente la situación de las mujeres en las comunidades zapatistas, quisiera aprovechar este espacio para mencionar algunas de las propuestas de ampliación a esta ley. Claudia5 (Integrante del Consejo Autónomo. MAREZ Magdalena de la Paz):
- Las mujeres tienen el mismo derecho que los hombres dentro de la comunidad y el municipio.
-Se prohíbe estrictamente la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en nuestros pueblos y comunidades, porque somos las que sufrimos golpes, maltratos, pobreza y miseria como consecuencia de este vicio.
-La mujer tiene derecho a exigir que se cambien las malas costumbres que afectan su salud física y emocional. Serán castigados los que discriminan, se burlan o abusan de las mujeres.
-La mujeres tienen derecho a ser respetadas en sus usos y costumbres tradicionales, culturales, lenguas y tienen derecho a usar sus trajes regionales.
¿Qué nos dicen estas prácticas y estas leyes sobre el concepto de justicia de los zapatistas?
1. Todos son iguales ante la ley, plasmado en el enunciado de que las mujeres tienen el mismo derecho que los hombres: Como hemos visto en otras sesiones, hombres, mujeres, jóvenes y ancianos, todos tienen derecho a salud, educación, vivienda, comida, a formar parte de los órganos autónomos de gobierno, a participar en los trabajos colectivos, a militar en las filas del ejército zapatista. Además, si un miembro del consejo o de la Junta de Buen Gobierno comete un error es sancionado, su error no se pasa por alto ni se le exonera por el hecho de ser autoridad.
2. Existe un principio de prevención. Al igual que en el caso de la salud, también la justicia zapatista incorpora elementos de prevención: Se prohíbe el consumo de alcohol no en aras de una idea del bien y del mal, sino porque es una forma de evitar o disminuir el maltrato a las mujeres.
3. Se establece un principio de reparación del daño. Aún cuando ellos emplean la palabra castigo, más que castigo, la práctica zapatista contempla la reparación del daño, en la medida en que esto es posible.
No se puede devolver la vida, pero el asesino y/o su familia se hacen responsables por el bienestar de la familia del muerto.
4. Reeducación del infractor. Nuevamente, aunque ellos emplean la palabra castigo, en la práctica el principio que los mueve no es el de castigar al culpable, sino el de reeducar al que cometió un error, para que cambien sus actitudes y pueda ser un miembro útil a su comunidad.
5. La justicia zapatista está inspirada en la tradición de los pueblos originarios. Hecho explícito al pedir respeto a los usos y costumbres.
Es interesante observar que si bien hay un gran respeto por la tradición, también se plasma en la ley la necesidad de cambiar las costumbres cuando estas provoquen un daño físico o moral. Como hemos visto con anterioridad y se discutirá más ampliamente en el capítulo de las mujeres y el zapatismo, las
comunidades zapatistas han sido capaces de adaptar sus formas tradicionales para cumplir con las expectativas de una vida mejor, con el Para todos todo; así por ejemplo los consejos de ancianos han sido modificados en los consejos municipales y las Juntas de Buen Gobierno; donde participan jóvenes y viejos, mujeres y hombres.
Nuevamente las comunidades zapatistas nos enseñan una gran lección, al abandonar los conceptos de culpa y castigo. Sus principios y sus prácticas legales bien podrían aplicarse a nuestra vida cotidiana.
Pedro Luis del Ángel R.
1. Doroteo (ex integrante de la Junta de Buen Gobierno. MAREZ Libertad de
los Pueblos Mayas). Justicia, Gobierno Autónomo II, p. 6.
2. ibid, p. 7.
3. Pedro Marín (ex integrante de la Junta de Buen Gobierno. MAREZ Francisco
Gómez). Justicia, Gobierno Autónomo II, p. 38.
4. Gonzalo (Ex Juez). Explicación de cómo se eligen las autoridades
tradicionales y autónomas en la Zona Altos, Gobierno Autónomo I, p. 31.
5. Claudia (Integrante del Consejo Autónomo. MAREZ Magdalena de la Paz).
Propuesta de ampliación a la Ley Revolucionaria de Mujeres, Participación de
las mujeres en el gobierno autónomo, pp. 28-30.